Si tienes un restaurante, un hotel o un alojamiento turístico y eres micro o pequeña empresa, tus comprobantes no llevan 18 % de IGV. Llevan 10,5 %. Es una tasa excepcional que existe desde 2022 y que sigue vigente durante todo 2026. Y tiene fecha de vencimiento, que es la parte que conviene tener anotada.
Los números, claros: la tasa reducida es 8 % de IGV más 2,5 % de IPM, o sea 10,5 % en total, vigente hasta el 31 de diciembre de 2026. Desde el 1 de enero de 2027 pasa a 12 % de IGV más 3 % de IPM, o sea 15 %. Quien no califica sigue en 18 %.
Quién califica
No es automático por tener un restaurante. Se piden tres cosas a la vez:
- Actividad principal. Restaurantes, hoteles o alojamientos turísticos, y que esa actividad represente al menos el 70 % de tus ingresos. Si tu local vende más abarrotes que comida, no califica.
- Tamaño MYPE. Ventas anuales de hasta 1 700 UIT. Pasado ese techo, vuelves a 18 %.
- Estar al día en lo formal. Es un beneficio, no un derecho adquirido: se pierde si dejas de cumplir los requisitos.
Quién califica exactamente en tu caso lo confirma tu contador, con tus números. Lo que sigue es la parte operativa, que es donde el sistema ayuda o estorba.
Qué cambia en la caja
Menos de lo que parece, y más de lo que uno cree. El precio al público no cambia: el cliente paga lo que dice la carta. Lo que cambia es cómo se reparte ese precio dentro del comprobante.
Un café de S/ 12 con IGV incluido:
| Concepto | Con 18 % | Con 10,5 % |
|---|---|---|
| Precio al cliente | S/ 12.00 | S/ 12.00 |
| Base imponible | S/ 10.17 | S/ 10.86 |
| IGV e IPM | S/ 1.83 | S/ 1.14 |
Son S/ 0.69 por taza que dejan de irse en impuesto. En un local que vende 120 tazas al día, son más de S/ 2 400 al mes de diferencia en lo que declaras. Por eso importa que el comprobante salga con la tasa correcta desde el primer día: no es un detalle contable, es plata.
El error más común
Sistemas que tienen el 18 % escrito a fuego. Emiten bien, SUNAT los acepta, y el dueño no se da cuenta hasta que el contador revisa el registro de ventas y encuentra que se declaró más IGV del que correspondía. Recuperarlo después es papeleo; hacerlo bien desde el inicio es una casilla de configuración.
Cómo revisar el tuyo en un minuto: emite una boleta de prueba por S/ 12 y mira el desglose. Si el IGV dice S/ 1.83, tu sistema está en 18 %. Si dice S/ 1.14, está en 10,5 %. Si no muestra el desglose, ese ya es otro problema.
Si manejas dos RUC
Pasa seguido: la empresa por un lado y un RUC de persona natural por el otro, cada uno con su régimen. Un RUC puede estar en la tasa reducida y el otro no. El sistema tiene que guardar la tasa por emisor, no una sola para todo, y no mezclar los correlativos entre ellos. Si emite todo con la misma tasa, uno de los dos va a estar mal declarado.
Lo que viene en 2027
El 1 de enero de 2027 la tasa sube a 15 % (12 % de IGV más 3 % de IPM). Eso significa dos cosas:
- Hay que cambiar la tasa en el sistema ese día, no en febrero. Los comprobantes del 1 de enero ya tienen que salir al 15 %.
- Conviene revisar los precios de la carta antes. Si mantienes el precio al público, la diferencia sale de tu margen: en el café de S/ 12, unos S/ 0.44 por taza. Si prefieres pasarla al precio, es mejor decidirlo con tiempo y no a mitad de enero.
Anótalo con recordatorio. Es el tipo de fecha que se pasa sin que nadie avise, y cada boleta emitida con la tasa vieja es una boleta que habrá que corregir.
Qué pedirle al sistema
- Que la tasa se configure por RUC emisor y se pueda cambiar sin esperar a nadie.
- Que el IGV se calcule con esa tasa, no con un 18 fijo escondido en el código.
- Que el desglose guardado cuadre al centavo con lo que se envió a SUNAT.
- Que el registro de ventas para el contador salga con la tasa que se usó.
En Qori la tasa es del emisor
Cada RUC tiene su propia tasa configurada, y el IGV de cada boleta se calcula con esa, no con un 18 fijo. Si manejas dos RUC, cada uno emite con la suya y los correlativos nunca se cruzan. Cuando cambie la tasa en 2027, es un dato que se edita, no una actualización que hay que esperar.
Tasas y vigencias según la información de orientación de SUNAT sobre la reducción del IGV para restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos, consultada en septiembre de 2026. Si califica tu negocio, y desde cuándo, lo confirma tu contador.